Responsabilidad ambiental, más que una obligación

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Por: Claris González Monreal, CEO SM Global La principal causa de contaminación del planeta es […]

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Por: Claris González Monreal, CEO SM Global

La principal causa de contaminación del planeta es la actividad humana. Debido a los avances industriales, científicos y tecnológicos, en los últimos 100 años el hombre ha causado más daños al medio ambiente que en toda la historia; lo cual, ha traído como consecuencia diversos problemas ambientales como el calentamiento global, la pérdida de biodiversidad, la contaminación de ríos y océanos; que afecta directamente en la salud y bienestar de las especies, incluyendo el ser humano. 

Es así, que hemos empezado a valorar el impacto que las actividades humanas causan a su entorno y se están diseñando mecanismos de prevención y restitución del medio ambiente por parte del gobierno y las empresas. Entendemos a la Responsabilidad Civil en las organizaciones como la obligación de indemnizar o reparar los perjuicios causados a una persona en su integridad física o en su patrimonio. Pero ¿qué pasa cuando una empresa por accidente causa un impacto al medio ambiente?

Si bien la Responsabilidad Civil sienta las bases para definir la Responsabilidad Ambiental, ésta última tiene particularidades jurídicas, que responden a los daños ambientales y no sólo a terceros perjudicados, sino que también atienda las circunstancias en las que se suscitan y los impactos que se pueden generar.

La Responsabilidad Ambiental, también determina la obligación de reparación o, en su caso, de prevención que debe asumir el responsable. Consiste en devolver los recursos naturales dañados a su estado original, conocido como estado base, pagando el total de los costos a los que asciendan las correspondientes acciones preventivas o de reparación.

Así, en palabras de Joel Ramos, CEO de JRTB Seguros “un seguro de Responsabilidad Ambiental tiene como base el establecer la prima del seguro basado en el valor medioambiental, cuyo objetivo no es la obtención de dinero, sino la reparación del entorno dañado, o en su defecto, una indemnización que financie actividades alternativas de reparación ambiental ante la afectación de intereses que no se encuentres totalmente definidos.”

El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente define como daño ambiental la pérdida o disminución de la calidad de vida o la salud de las personas, y el detrimento, menoscabo o extinción de los ecosistemas o su equilibrio. Los daños ambientales pueden presentarse de forma conjunta, separada, indistinta, irreversible, acumulativa, difusa, y colectiva; afectando derechos particulares o colectivos; pero siempre deberán materializarse en una lesión al medio ambiente.

Como empresario ¿debería considerarlo?

La Responsabilidad Ambiental es aquella que obliga al empresario a responder por cualquier daño accidental que tu negocio ocasione a la comunidad que lo rodea. Pero quizás vale la pena preguntarse ¿a qué empresas afecta esto?

El experto en seguros afirma que “de inicio todos creemos que solo esas grandes fábricas con chimeneas humeando son un riesgo, sin embargo, la mayoría de estas grandes industrias tienen mecanismos para el control de emisiones y todo un programa de cómo contrarrestar el impacto. Pero también es un hecho que hay PyMEs que contaminan, incluso de manera invisible, y tal vez no tienen estos procedimientos de contrapeso.”

Existen algunos giros que para las operaciones licenciamiento, requieren de la autorización en materia del pacto ambiental por parte del gobierno, entre los que destacan, los negocios de impresión, las vulcanizadoras, las lavanderías y tintorerías, en las gasolineras y todos los negocios que, en sus procesos, las materias primas y residuos, pueden provocar un impacto paulatino en el medio ambiente.

Los seguros de responsabilidad social cubren principalmente el daño ambiental, ya sea súbito e imprevisto, gradual y paulatino; la responsabilidad social derivada de la contaminación o daños ambientales, la responsabilidad administrativa, los gastos de análisis y defensa jurídica, los costos de respuesta de emergencia que incluyen los gastos para mitigar una pérdida ambiental, las sanciones económicas y la interrupción del negocio

Por ello, la recomendación de Joel Ramos es realizar un análisis de riesgos ambientales y a partir de ello evaluar la contratación de una póliza. Recuerda esto no depende del tamaño de tu empresa, sino de los procesos que sigas para generar el producto o servicio en cuestión.