Marco jurídico para modelo circular
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Por: Octavio Ruíz Méndez, Jurista en derecho y justicia ambiental La iniciativa de Ley General […]
Por: Octavio Ruíz Méndez, Jurista en derecho y justicia ambiental
La iniciativa de Ley General de Economía Circular crea un nuevo modelo que le da valor a los productos y materiales que permitan sostener un modelo que busca optimizar la generación de residuos con una mayor eficiencia dirigida a la reutilización, el reciclaje y el rediseño, modelo que potencializa la separación y valoración, generando potenciales instrumentos económicos que permitan dar cumplimiento a las políticas de cero residuos.
Como todo impuesto verde tiene beneficios fiscales a través del desarrollo de acciones que permiten cumplir con los principios de la economía circular, lo cual debe ser claro y atractivo para lograr un cumplimiento efectivo que incluya todo tipo de beneficios, además del reto económico, en materia ambiental y su interrelación con otros derechos.
La educación es pilar de muchas necesidades fundamentales. De esa manera, la sociedad civil requiere bases, campañas, capacitación e inmediatez en la información, así como un gobierno colaborativo, capaz de generar transiciones, y transparente, que permita el acceso a la información.
Integrar visiones y responsabilidades sociales y ambientales en el modelo de negocios de las empresas no es una tarea sencilla. Construir un futuro desde estas perspectivas sostenibles, es un gran reto a largo plazo; como todo cambio, no es sencillo, y el derecho tiene la misión en la progresividad de fortalecer y generar estos cambios.
En estudio del marco legal mexicano observamos en la distribución de competencias las bases para poder legislar respecto de la materia ambiental y el desarrollo sostenible que nos permita generar la legislación eficaz con base en las necesidades generales de los sectores empresariales – estado – sociedad.
En primer lugar, es importante identificar jurídicamente cuáles son los entes por distribución de competencias que señalan las bases constitucionales de la actividad relacionada con los 17 objetivos de la agenda 2030, donde podemos observar que federación, entidades federativas y municipios deben tener el compromiso ético, político y jurídico de adecuar sus legislaciones y dirigirlas de una forma razonada a la economía circular.
El estado mexicano, los financiamientos federales e internacionales deben ser más fáciles de acceder y de forma transparente aplicarlos en el caso de la gestión integral de los residuos en una región y en proyectos multirregionales; esto depende mucho de las estrategias y las necesidades que tenga la zona a la que se destine estas soluciones.
Otro punto importante dentro de la legislación que permita entender el cumplimiento normativo es el hecho del análisis de sanciones en caso de incurrir en responsabilidades y, por lo tanto, en infracciones: mientras más altas sean las sanciones generan una mayor atención el riesgo de no cumplir con su normativa. De igual forma, en vías de solución, siempre es importante la capacitación, la prevención y la flexibilidad del dialogo por medio de alternativas como la negociación transparente, la mediación y la conciliación.
Otro punto importante de analizar es la reparación del daño: a menudo se mencionan este concepto, pero en materia ambiental tienen una cierta complejidad las reglas de la reparación de daño, por lo que es muy importante identificar en este modelo circular qué papel juega el derecho al acceso de justicia ambiental desde una perspectiva de derecho de daños, donde podemos identificar, con base al principio internacional, que quien contamina paga de forma integral con la aplicación de procedimientos por parte de las autoridades involucradas y la reparación del daño desde una perspectiva integral a las colectividades.